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UBICACION
La
ubicación prevista de este polígono comprende una zona que está situada en unos
terrenos calificados según el Plan General de Ordenación Urbana en vigor
desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante el 14 de
Septiembre de 1.989 como SUELO NO URBANIZABLE, DE PROTECCION ESPECIAL
FORESTAL Y PAISAJISTICA, al pié justo del Parque Natural de la Font-Roja,
en su ladera sur.
Aunque
estaría situado junto a la Carretera N-340 y en un futuro autovía de
Alicante-Alcoy-Valencia, queda muy distanciado de la Ciudad con una barrera
importante entre el polígono proyectado y Alcoy, como es el Barranco de la
Batalla, de altísimo valor medioambiental, y sin solución definida del trazado
de la autovía por este tramo.
Aparentemente siempre parecería un polígono industrial de Ibi, antes que de
Alcoy, ubicado en no se sabe donde y cerca no se sabe de quién, denominado como
el "Cruce de Ibi''.
INFRAESTRUCTURAS
La
infraestructura viaria contempla la accesibilidad a la carretera N-340 y futura
autovía Alicante-Alcoy-Valencia.
El resto de
las rnismas, principalmente aguas residuales, abastecimiento de agua potable y
surninistro de gas natural, presenta graves problemas:
a) Aguas
residuales.-
La canalización de las aguas residuales presenta inconvenientes muy importantes
para su canalización y conexión a los colectores de la Ciudad.
El
planteamiento de la construcción de una depuradora seguiría siendo problemático
debido al encarecimiento del coste inicial de la ejecución del proyecto y la
producción de malos olores con perjuicio para todos y en especial para las
urbanizaciones de ''El Estepar'' y ''La Sarga''.
El conducir
todas las aguas residuales, hayan sido o no depuradas, hasta la Ciudad, sería de
un coste altísimo, tanto económico como de Impacto Medio Ambiental, ya
que habría que atravesar el Barranco de la Batalla, hasta la zona alta
del río Molinar , después de haber pasado el Manatial del Molinar.
Habría que
tener presente que esta canalización, en caso de rotura o escape, afectaría a
las aguas subterráneas que alimentan El Molinar, y por tanto podrían
quedar contaminadas las aguas que abastecen a la Ciudad, ya que está situado
aguas arriba del manantial.
b) Aguas
Potables.-
En cuanto a este servicio totalmente indispensable también, solamente habría dos
soluciones:
1.-
Traerlas desde la Ciudad, lo cual sería un coste muy elevado porque tendrían que
ser bombeadas hasta el polígono, y construcción de un depósito de almacenamiento
para tener reserva en caso de no poder bombear por averias o falta de fluido
eléctrico.
2.- Hacer
pozos para encontrar agua subterránea, verificar su potabilidad, caudales
necesarios y economía de coste de mantenimiento y consumo.
Así mismo
comprobar que al efectuar perforaciones, no afectan a las aguas subterráneas que
alimentan al Molinar.
Hay que
tener presente que industrias como tintes, acabados y estampaciones, son
grandísimos consurnidores de agua y productores de vertidos con un poder
contaminante altísimo.
c) Gas
natural.-
El suministro de gas natural para el abastecimiento energético de las
industrias, se presenta como un gravísimo problema.
En Alcoy
finaliza el tramo en el lugar denominado como ''Fábrica de Cerámica El
Molinar''.
Para
acceder a la zona prevista, habría que atravesar el Barranco de la Batalla,
que forma parte del Parque Natural de la Font-Roja, con el impacto
ambiental y paisajístico que ocasionaría.
Por la zona
de Ibi, el ramal principal del gas natural está siendo colocado entre Ibi y
Castalla, muy alejado de Alcoy.
Por tanto
vemos que presentaría serias dificultades el suministro de gas natural a las
industrias.
ACTIVIDADES
ECONOMICAS
El tipo de
industria mayoritario en Alcoy es el textil en todos sus ámbitos y variedades, y
por tanto hay que tener en cuenta sus necesidades primarias, así como las
industrias auxiliares tan necesarias e importantes.
A la vista
de esto vemos que la ubicación de las industrias auxiliares o complementarias de
nuestra industria están situadas en Cocentaina, Muro de Alcoy, Albaida y
Onteniente, y relaciones muy importantes con Bañeres y Bocairente.
Por todo
ello, no creemos que la ubicación del polígono en la zona prevista sea la más
adecuada, ya que no existe una interrelación importante a nivel industrial con
Ibi, Castalla, Onil y Sax, cuya principal actividad es la juguetera.
Igualmente
la cercanía de estas ciudades, incluso Alicante, propiciaría el que diversos
servicios relacionados indirectamente con el sector industrial, se desplazarían
hacia esas zonas, con el perjuicio que representaría para la economía del
comercio, hostelería, etc. de Alcoy.
SUELO INDUSTRIAL
La
característica principal del suelo en la zona es agrícola, principalmente
frutales, olivares y cereales, todos ellos en plena producción y explotación.
El precio
de adquisición de estos terrenos sería bastante alto, lo que unido a la
urbanización del terreno y los altísimos costes de implantación de servicios de
aguas potables y canalización de aguas residuales incrementaría el precio
ostensiblemente, además del problemático suministro de gas natural.
MEDIO
AMBIENTE
La
ubicación de este nuevo polígono que se pretende situar en Suelo No
Urbanizable, de Protección Especial, Forestal y Paisajística, presenta
muchos problemas medioambientales.
Según un
estudio del I.T.G.M.E. (lnstituto tecnológico, geológico y minero de España) de
1.989, los suelos propuestos para el polígono, están enclavados dentro de ''ZONA
PROPUESTA COMO DE PROTECCION DE LA UNIDAD HIDROLOGICA DEL MOLINAR".
Siendo como
es de ''Protección Especial'', no entendemos el planteamiento de que sea ubicado
en esa zona.
Haciendo
referencia al Tratado de la Unión Europea, firmado en Maastrich el 7 de
febrero de 1.992, con referencia al Medio Ambiente aprueba el plantearniento y
la estrategia generales del Programa ''hacia un desarrollo sostenible".
Tiene por
objeto principalmente, fomentar un crecimiento sostenible que respete el Medio
Ambiente, incluye entre las actividades de la Unión una política de medio
ambiente, y especifica, que tal política debe tender a un grado de protección
elevado, que los requisitos de la protección del medio ambiente deben integrarse
en el establecimiento y ejecución de las demás políticas comunitarias, y que la
política comunitaria en materia de medio ambiente debe contribuir a la adopción
de medidas para enfrentarse a los problemas ecológicos regionales.
Insta a que
todas las instituciones comunitarias, los Estados miembros, las empresas y todos
y cada uno de 1os ciudadanos asuman sus responsabilidades por lo que se refiere
a la protección del medio ambiente, para esta generación y las futuras, y
desempeñen plenamente su papel en la ejecución del presente Programa.
De todo
ello se deduce que el Tratado establece que la acción de la Comunidad, por lo
que respecta al medio ambiente debe tener por objeto:
-
Conservar, proteger y mejorar la calidad del medio ambiente.
-
Contribuir a la protección de la salud de las personas.
-
Garantizar una utilización prudente y racional de los recursos naturales, suelo,
agua y espacios naturales.
En cuanto
al tema de la calificación del Suelo de Protección Especial y Paisajística,
habremos de hacer referencia a la persona que más ha estudiado el tema del
paisaje en nuestro país, el profesor Gonzalez Bemálder (1.991) que dice: "Por
una parte, el paisaje ha pasado a ser considerado como uno de los recursos
naturales de mayor importancia económica. Por otra parte, las demandas
sociales e imperativos locales hacen precisa la valoración de la calidad e
importancia del recurso paisaje y la comparación de las influencias negativas
(impactos) derivadas de las actuaciones que las modifican".
La gran
proximidad a1 Parque Natural de la Font-Roja, que aunque en su
vertiente sur-este no es de tanta belleza como la zona de umbria, si que
representa una zona importante, y sobre todo, frágil. Cualquier alteración, por
pequeña que sea, puede ocasionar secuelas muy graves y duraderas en el tiempo,
puesto que la naturaleza tiene grandes problemas de regeneración.
A este
hecho le añadimos que en la zona mencionada y en la contigua a ella existen los
denominados corredores naturales de comunicación de la fauna entre la "Sierra
del Menejador" (Parque Natural de la Font-Roja) y la
''Sierra dels Plans", y más allá, con "Aitana". Es muy importante que los
reductos que existen bien conservados no se queden como islas para la
comunicación de especies animales y vegetales, y así respetar y aumentar la
biodiversidad.
Los
emplazamientos previstos del Parque Industrial dificultarían enormemente la
comunicación natural de las sierras, y añadiría un problema grave de posibles
contaminaciones y despoblamientos.
Menos la
altemativa C, todas las demás están tan próximas al Parque Natural, que se
encuentran en la zona de amortiguación de impactos del entorno del Espacio
Natural Protegido. Según la Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de la Generalitat
Valenciana de ''Espacios Naturales Protegidos de la Comunidad Valenciana'', DOGV
nº 2423 del 9 de enero de 1.995, en cuyo preámbulo dice: ''Como novedad
normativa en la Comunidad Valenciana se prevé la posibilidad de establecer
regímenes de protección preventiva y perimetral, definiendo el concepto de área
de amortiguación de impactos en el entorno de los espacios protegidos''.
Esta claro
que la zona de estudio tiene esta calificación, que ya se apuntaba en el libro
''Protección del Medio Físico de la Font-Roja'' de Jorge Boronat Tormo,
Carlos Mansanet Terol y otros, donde además de sugerir los límites del Parque
Natural más amplios, dicen: ''Sin embargo. todo el área de la Sierra. en
su vertiente sur. englobada a partir de sus límites naturales y
que no está incluida en la anterior declaración deberá recibir un tratamiento
especial en el que se evite un uso no adecuado de la zona y la permita
mantenerse como área pre-parque o zona tampón''.
Hay que
aclarar que este libro ha servido como base cientifíca a muchas actuaciones
posteriores, entre ellas la elaboración del Plan Rector de Uso y Protección del
Parque.
Volviendo a
la Ley 11/1994 de ''Espacios Naturales protegidos de la Comunidad Valenciana''
en su CAPlTULO II, artículo 29, que habla de las Areas de amortiguación
de impactos dice:
''1.- La
declaración de Espacio Natural Protegido podrá incluir la delimitación de áreas
de amortiguación de impactos en los que se aplicarán medidas específicas
destinadas a evitar impactos negativos sobre los Espacios Protegidos.
2.- El
establecimiento o alteración de la delimitación de áreas de amortiguación de
impactos y el régimen de protección aplicable en las mismas podrá así mismo
llevarse a cabo en los instrumentos de ordenación del Espacio Protegido, sin que
tenga la consideración de modificación de la declaración de E.N.P.
3.- El
régimen de protección aplicable en estas áreas estará constituido por la
regulación de usos y actividades que se establezcan o la exigencia de Evaluación
de Impacto Ambiental o informe vinculante del órgano gestor del Espacio
Protegido.
4.- La
delimitación de las áreas de amortiguación de impactos se basará en criterios
geográfics, fisiográficos, ecológicos o funcionales, y podrá tener carácter
discontinuo''.
En cuanto
al árnbito, lo expresa en el artículo 38: ''El ámbito de los planes de uso
y gestión, abarcará el territorio incluido dentro de los límites del
espacio natural protegido y las correspondientes áreas de amortiguación de
impactos''.
Por lo que
dice el artículo 38 en las áreas de amortiguación de impactos, tambien tiene su
ámbito el Plan Rector de Uso y Gestión.
Por lo que
según el artículo 18 del ''Plan Rector de Uso y Protección del Parque
Natural de la Font-Roja'' publicado en el DOGV 1.959, del 8 de febrero de
1.993, basado en el Acuerdo del 25 de enero de 1.993, hace referencia en cuanto
a la actividad industrial y dice: ''Por considerarse incompatible con los
objetivos de protección del Parque Natural, queda prohibida la actividad
industrial de cualquier tipo en el ámbito de este Plan Rector y
como consecuencia en las áreas de amortiguación de impactos)''.
Además
podemos añadir que la naturaleza no entiende de límites y la especie emblemática
del Parque, que es el águila perdicera, que tiene por costumbre cazar en
espacios abiertos como Sotarroni y la solana del Parque, puede correr un grave
riesgo, ya sea por muerte, por contaminación, o por abandono de su lugar de cria
debido a la gran presión humana a la que se vería sometida.
También se
apuntaba en el Decreto 49/1987, de 13 de abril, del Consell de la Generalitat
Valenciana, de declaración de Parque Natural de la Font-Roja,
en el artículo 6: ''Las competencias de las Administraciones
Públicas se ejercerán de modo que queden preservados todos los valores
naturales, ecológicos y paisajísticos del Parque Natural, evaluando con especial
atención los posibles impactos ambientales producidos por actuaciones exteriores
al mismo".
Todos estos
criterios medio-ambientales, incluyendo 1os paisajísticos, son importantísimos
porque no son fáciles de resolver, y en la mayoría de las veces, lo que sucede
es que se hace caso omiso y finalmente no se resuelven, siendo la propia
naturaleza la que paga las consecuencias. Hay que salvaguardar al Parque
Natural de Ia Font-Roja de las constantes intentonas de
agresiones que viene sufriendo, ésta no es la primera ni será la última.
Otro factor
muy importante a considerar es el gran peligro potencial de riesgo de incendio
que tendría la zona por la ubicación del Parque Industrial, ya que en sus
proximidades hay extensas masas arboladas hacia la ''Sierra dels Plans'',
incluyendo en ese lugar la ''Urbanización El Estepar'', y por otro lado el
''Parque Natural'', con los evidentes riesgos de pérdida forestal valiosísima y
de la biodiversidad, así como con el riesgo de las masias sitas en el interior y
las edificaciones públicas existentes.
Tengamos
presente que en el Plan de Protección contra incendios del Parque Natura1, la
zona de posible ubicación del poligono, figura como de prevención de incendios,
teniendo como limites la Carretera N-340 y la de Alcoy-lbi, C.C.-3313.
Todas estas
consideraciones, y posiblemente algunas más que saldrían si estudiaramos más
profundamente el tema, son suficientes para sugerir que se busquen otros
emplazamiemos.
CONSlDERAClONES A LAS ALTERNATIVAS EXPUESTAS
Todas las
ubicaciones que se barajan estan aguas arriba del principal acuífero que
abastece la ciudad de Alcoy, "El Molinar'', con el consabido riesgo de
contaminación que esto representa. Hoy en día, la tecnología ha avanzado mucho y
puede darse solución a este problema, pero ¿porqué arriesgarse a esta fórmula si
existen alternativas mejores?.
Las
diferentes alternativas expuestas para la ubicación del polígono industrial,
hacen referencia al tipo de industrias que se podrían asentar, no pudiendo
albergar industrias contarninantes, debiendo contemplar en las ordenanzas que
tipo de industrias no se pueden ubicar.
Al ser de
espacios libres y tan separados entre sí, y del vial que lo atraviesa, habría
que construir viales individuales desde cada industria al vial central, aptos
para tráfico pesado, con 1os consiguientes problemas de ordenación del tráfico
rodado, y aumento de superficie de viales y urbanización.
Los
parámetros de la ordenación que hacen referencia, preveen una ocupación máxima
entre el 30 y 50% y unas parcelas mínimas de 2.000 m2, lo que haría el precio de
adquisición de una parcela prohibitivo.
Tambien se
hace referencia a que la mejor compatibilidad con el Parque Natural de la
Font-Roja, consiste en el alejamiento del mismo, ya que
estaríamos demasiado cerca, y contempla que la futura autovía sirva de separador
de la rnisma.
Además de
todo ello, siempre se le denomina como el de ''El cruce de Ibi'', más bien
parece que sea de aquella Ciudad, antes que de Alcoy, al estar más cerca de Ibi
que de Alcoy.
CONCLUSIONES
A la vista
de las consideraciones expuestas anteriormente todas ellas preocupantes, y
escasamentee contempladas en los estudios preliminares, sugerimos el estudio de
otras zonas donde ubicar el nuevo polígono industrial de Alcoy.
Para todo
ello, hay que considerar deterrninados puntos básicos:
-Localización de otras zonas más cercanas a la Ciudad con comunicaciones
viarias cómodas y rápidas.
-Que la
zona elegida esté más integrada con todos los servicios que ofrece la Ciudad,
principalmente de saneamiento, agua potable, gas natural, y transporte público.
Alcoy, mayo de 1.996
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